Reformulaciones 2023 presentadas al Reglamento del Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico El Fauno

  • Para enviar cualquier aporte, comentario u observación, por favor, se solicita utilizar el formulario disponible para descarga AQUÍ y enviarlo mediante correo electrónico al señor José Bermúdez Villalobos, comunicador del Centro de Cine, a la dirección jbermudez@centrodecine.mcj.go.cr. Se estarán recibiendo formularios hasta máximo el día 15 de marzo de 2023.

San José, Costa Rica, 1º de marzo de 2023. En atención al Acuerdo 8.2 tomado por el Consejo Nacional de Cinematografía, ente rector del Centro de Cine, en la sesión ordinaria 09-2022 del 22 de diciembre de 2022, que establece:

Se instruye a la Dirección General del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, para que proceda con la revisión del Reglamento del Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico El Fauno; Decreto Ejecutivo No. 43092-C, y a su vez, presente a este Consejo en la próxima sesión ordinaria 01-2023, su respectiva propuesta de modificación, a efectos de ampliar su cobertura y modificar aspectos administrados según se requiera.

Y en atención a la celebración el pasado 9 de febrero de 2023 de la mesa sectorial audiovisual 01-2023, en el marco de la Política nacional de la economía creativa y cultural y la Ley No. 10044 Ley de Fomento a la Economía Creativa y Cultural, donde se abordaron los aportes y consulta pública para una revisión y actualización del Reglamento del Fondo El Fauno, en torno a lograr el mayor valor público e incidencia positiva del Fondo entre sus potenciales beneficiarios, se han propuesto varias modificaciones al Reglamento de dicho Fondo, Decreto ejecutivo No. 43092-C, que optimizarían su administración y funcionamiento.

Para enviar cualquier aporte, comentario u observación, por favor, se solicita utilizar el formulario disponible para descarga AQUÍ y enviarlo mediante correo electrónico al señor José Bermúdez Villalobos, comunicador del Centro de Cine, a la dirección jbermudez@centrodecine.mcj.go.cr. Se estarán recibiendo formularios hasta máximo el día 15 de marzo de 2023.

A continuación, se comparten las modificaciones propuestas al Reglamento del Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico El Fauno, Decreto ejecutivo No. 43092-C:

  1. Se debe reformular el Considerando XV para actualizar la fecha y número de informe de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), que concluya que la reforma al Reglamento del Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico El Fauno cumple con los principios de mejora regulatoria.
  2. Se debe reformular el Considerando XVI para actualizar el número de acuerdo del Consejo Nacional de Cinematografía, que apruebe la nueva reforma del reglamento del Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico El Fauno.
  3. Se agregan dos párrafos al Artículo 8º-Alcance:

El Fondo podrá cofinanciar proyectos de largometraje de ficción, documental o animación, así como series de ficción, documental o animación, en etapa de desarrollo. El tope de aporte para dichos proyectos, así como los requisitos, fecha límite de entrega y productos entregables se notificarán anualmente en las bases de participación y será fijado a criterio de la Dirección General del CCPC como instancia competente de la aplicación del presente reglamento.

El Fondo establecerá un límite de máximo el 20% del total del monto otorgado para rubros presupuestarios que correspondan a productos o servicios facturados fuera del territorio nacional. Este porcentaje deberá ser notificado al CCPC, para que la administración remita las indicaciones correspondientes sobre tipos de comprobantes o facturas permitidos y cómo deben ser presentados los comprobantes o facturas en el momento de entrega de los informes de rendición de cuentas. Todos los productos o servicios facturados dentro del territorio nacional con recursos provenientes del Fondo deberán ser facturados en moneda nacional (colones).

  1. Se reformulan los incisos a., b., c. y d. del Artículo 9º-Prohibiciones, de la siguiente manera:
  1. Las personas jurídicas a las que pertenezcan los funcionarios del CCPC o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  2. Las personas jurídicas a las que pertenezcan los miembros del Consejo Nacional de Cinematografía o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  3. Las personas jurídicas a las que pertenezcan los miembros del grupo de profesionales internacionales de la industria audiovisual responsables del proceso de selección y recomendación de los proyectos beneficiarios del Fondo, o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  4. Las personas jurídicas y/o sus representantes legales, que se encuentren en estado de incumplimiento, total o parcialmente, con las obligaciones derivadas de contratación administrativa y/o convenios de becas o fondos concursables, tanto El Fauno como cualesquiera de los asignados por el Ministerio de Cultura y Juventud, sus órganos desconcentrados o programas administrados por la Conferencia de Autoridades Audiovisuales y Cinematográficas de Iberoamérica, tales como pero no limitadas al Programa IBERMEDIA.

 

  1. Se reformula el Artículo 10º.-Límite de proyectos beneficiados por convocatoria, de la siguiente manera:

Las personas jurídicas que participen con varios proyectos en la misma convocatoria del Fondo, solo podrán ser beneficiadas con un proyecto en cualquiera de las categorías, salvo que el proyecto beneficiado también haya solicitado apoyo en la categoría de Distribución de obras en proceso de culminación que posean esquema de financiamiento completo, en cuyo caso sí podría ser beneficiado el mismo proyecto en dos categorías.

 

  1. Se reformula el Artículo 11º.-Límite para beneficios consecutivos, de la siguiente manera:

Con el objetivo de proveer de experiencia a una base más amplia de personas creadoras, las personas jurídicas que hayan sido beneficiadas durante dos convocatorias del Fondo en un período menor a cuatro años, deberán esperar al menos dos convocatorias anuales para volver a participar en el concurso. De este límite quedan excluidas las personas jurídicas que hayan sido beneficiadas en las categorías de desarrollo y distribución.

 

  1. Se reformula el inciso d. del Artículo 16º.-Instancia responsable del proceso administrativo, de la siguiente manera:

d. Brindar atención a dudas de potenciales personas postulantes sobre las consultas derivadas del reglamento, bases y requisitos del Fondo.

 

  1. Se reformula el inciso c. y el último párrafo del inciso e. del Artículo 18º.-Funciones del Jurado Seleccionador, de la siguiente manera:

c.       Realizar el estudio, evaluación y selección de la totalidad de los proyectos admitidos, basando sus decisiones en los criterios de selección establecidos en el presente Reglamento y dejando constancia de las razones por las cuales se recomienda el apoyo para los proyectos seleccionados.

e.       Calificar las propuestas con base en una ponderación de variables mínimas de valoración y recomendación.

Dicha ponderación deberá ser detallada en una rúbrica de evaluación cuantitativa y cualitativa, aunque el jurado seleccionador no tendrá la obligación de realizar comentarios cualitativos en todas las evaluaciones si no lo considera pertinente, así como tampoco brindar razones a personas postulantes sobre la recomendación de seleccionar o no a determinados proyectos.

 

  1. En el Artículo 20º.- Categorías de participación, con el objetivo de ampliar la cobertura del fondo, se agregan dos subincisos al inciso d., se agregan dos incisos más -e. y f.-, y se reformula el último párrafo aclaratorio:

d. Cortometrajes:

    d.1. Ficción.

    d.2. Documental.

    d.3. Animado.

 

e. Distribución de series de ficción, documental o animación, así como largometrajes de ficción, documental o animación.

   e.1. Distribución de obras terminadas.

   e.2. Distribución de obras en proceso de culminación que posean esquema de financiamiento completo.

 

f. Circulación y exhibición audiovisual, para muestras, festivales, cine-clubes o plataformas digitales nacionales que promuevan obras audiovisuales costarricenses y/o iberoamericanas.

En las bases de la convocatoria anual, el CCPC comunicará cuáles de estas categorías y subcategorías serán abiertas a concurso, así como los límites de fondos asignables y requisitos para cada categoría y/o subcategoría.

 

  1. En el Artículo 21º.-Variaciones en los montos asignados a las categorías de participación, se reformula el último párrafo aclaratorio de la siguiente manera:

La sugerencia del Jurado Calificador sobre la variación de los límites presupuestarios establecidos para cada categoría nunca podrá ser superior o inferior a máximo el 20% con relación al monto solicitado al Fondo por cada proyecto. El Consejo Nacional de Cinematografía decidirá sobre esta variación en resolución fundamentada.

 

  1. En el Artículo 23º.- Requisitos formales de los proyectos, se reformulan los incisos a.1., a.2., a.3. y a.4., de la siguiente manera:

 

a.1.    Solicitud formal: que exponga su interés por obtener el financiamiento de su proyecto, debidamente firmada por quien realiza la solicitud.

a.2.    Cartas de interés de trabajar en el proyecto de las personas del equipo involucradas, debidamente firmadas. Esta propuesta deberá cumplir con los criterios de paridad de género establecidos en el Artículo 8 del presente Reglamento. Además, deberán ser explícitas en cuanto a la participación en el proyecto y el puesto que van a desempeñar.

a.3.    Hojas de vida (en formato de Currículum Vitae) del productor(a), director(a) y los jefes(as) de departamento del proyecto.

a.4.    Señalamientos para recibir notificaciones: número de teléfono, correo electrónico y dirección física exacta.

 

  1. En el Artículo 23º.- Requisitos formales de los proyectos, se reformula el inciso b., en vistas de que es necesario que se especifique que el registro de propiedad intelectual debe ser por el Registro Nacional, porque si bien otras formas serían viables, por el principio de territorialidad legal, la administración no tiene la capacidad de verificar la veracidad de todos los formatos de registro internacional:

b. Certificación del Registro de Propiedad Intelectual, emitido por el Registro Nacional de la República de Costa Rica, que demuestre la autoría del proyecto, a efecto de descargar responsabilidad, así como los contratos de cesión de derechos entre los autores titulares de estos derechos de autoría y la persona jurídica postulante.

  1. En el Artículo 23º.- Requisitos formales de los proyectos, se reformula el inciso e., ya que es importante especificar en ningún caso el CCPC puede hacer desembolsos en dólares:

e.       Certificación del número de cuenta cliente, en colones, a nombre de la persona jurídica postulante, emitida por alguno de los bancos del Sistema Bancario Nacional.

 

  1. En el Artículo 23º.- Requisitos formales de los proyectos, se agregan tres incisos:

h.       Contratos de servicios profesionales con todas las personas responsables de departamento o, en su defecto, Declaración jurada con nombre completo y número de cédula de las personas responsables de departamento, que justifique que cumple con la paridad de género, como establece el Artículo 8 del presente reglamento.

i.        Presupuesto y Plan de financiamiento en el formato facilitado por el CCPC para cada categoría en el formulario en línea (No se aceptarán otros formatos). Se debe utilizar la versión actualizada de los documentos.

j.        Cronograma del proyecto en el formato facilitado por el CCPC en el formulario en línea (No se aceptarán otros formatos).  Se debe utilizar la versión actualizada de los documentos.

 

  1. Se reformula el encabezado del Artículo 24º.-Plazo para la recepción de proyectos, de la siguiente manera:

Artículo 24º.-Plazo para la recepción de proyectos. El plazo de recepción para la presentación de los proyectos será definido por el CCPC previo a la convocatoria, respetando como plazo mínimo el término de 8 semanas entre la publicación de la convocatoria oficial y la fecha límite para la presentación de proyectos. Durante este período el CCPC ofrecerá orientación a las personas interesadas sobre dudas relacionadas con el reglamento, las bases y los requisitos para la aplicación de los proyectos.

 

  1. Se reformula el encabezado del Artículo 25º.- Lugar y horario para la presentación de los proyectos, para especificar la digitalización del proceso, de la siguiente manera:

Artículo 25º.-Lugar y horario para la presentación de los proyectos. Los proyectos deberán presentarse exclusivamente de manera virtual y digital, mediante el formulario disponible en la página web del CCPC (Anexo 1 del presente Reglamento), en los horarios y el período establecidos, respetando las formas de entrega establecidas en el presente Reglamento y en las bases de cada convocatoria.

  1. Se reformula el Artículo 27º.-Valoración de fondo y comunicación, de la siguiente manera:

Artículo 27º.-Valoración de fondo y comunicación. Evaluados los proyectos, el Jurado Seleccionador podrá convocar a todos, algunos o ninguno de los postulantes a una audiencia de presentación oral de su proyecto. La notificación de la audiencia oral, en caso de existir, se realizará solamente a los proyectos convocados por el jurado, dos días hábiles antes de la presentación y en un horario establecido por la coordinación del Fondo en conjunto con las personas miembros del jurado. La audiencia oral se realizará de manera virtual.

El acuerdo del Consejo Nacional de Cinematografía, con la declaración de la selección final de los proyectos y la asignación de fondos, se publicará dentro de los 15 días naturales posteriores a la firmeza del acta, en la página web del CCPC, www.centrodecine.go.cr, a efecto de que las personas interesadas tengan conocimiento de los resultados.

La rúbrica de evaluación de cada proyecto podrá ser compartida con el representante legal de la persona jurídica que así lo solicite. Las evaluaciones que se soliciten no especificarán la información personal del jurado evaluador. Los documentos originales de las propuestas presentadas a concurso no serán devueltos.

  1. Se agrega un párrafo, entre el último y el penúltimo párrafo, al Artículo 29º.-Plazo, sobre prórrogas que no afectan la planificación presupuestaria:

Ante situaciones justificadas por el proyecto, el CCPC también podrá otorgar prórrogas parciales para la solicitud de desembolsos establecidos en el cronograma del proyecto anexado al convenio, previa aprobación de la actualización de dicho cronograma y siempre y cuando la prórroga no afecte la planificación presupuestaria anual del CCPC. Las prórrogas parciales deberán solicitarse con mínimo 30 días naturales antes de vencer el plazo de entrega.

 

  1. Se reformula el encabezado del Artículo 37º.- Autorización para el uso del producto audiovisual o cinematográfico generado, de la siguiente manera:

Artículo 37º.- Autorización para el uso del producto audiovisual o cinematográfico generado. Los beneficiarios del Fondo, tres años después de haber exhibido comercialmente el proyecto a nivel nacional e internacional, le otorgarán una licencia de uso gratuita, durante siete años, no exclusiva, sin fines de lucro y con objetivos de divulgación cultural, única y exclusivamente para que el CCPC pueda realizar:

 

  1. Se reformula el Anexo 1 de la siguiente manera:

 

ANEXO 1

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS EL FAUNO

 

Sección I: Identificación del postulante

 

1. Nombre de la persona jurídica*

2. Cédula jurídica *

 

3. Señalamiento para recibir notificaciones:

 

3.1 Teléfono*

 

3.2 Correo electrónico *

 

3.3 Dirección física*

 

 

4. Representante legal de la organización

 

4.1 Nombre completo *

 

4.2 Tipo de representación *

 

4.3 Fecha de nacimiento del representante legal (día/mes/año) *

 

4.3 Teléfono *

 

4.4 Correo electrónico *

 

 

5. Experiencia en gestión de fondos públicos*

 

6. Categoría en la que participa *

 Largometraje Ficción

 Largometraje Documental

 Cortometraje Animación

 Serie Ficción

 Serie Documental

 Serie Animación

 

Sección II: Identificación del proyecto

 

7. Nombre del proyecto *

 

8. Nombre completo de las personas al frente de los departamentos de:

 

8.1 Dirección: *

 

8.2 Producción: *

 

8.3 Guion: *

 

9. Ópera prima del director o directora*

 Sí

 No

 

10. Guion*

 Original

 Adaptación

 

11. Derechos de autor

En caso de adaptación, indicar título y autor de la obra original y adjuntar la autorización de cesión de derechos del titular de la obra. En caso de guión original, adjuntar la certificación de derechos de autor del Registro de la Propiedad

 

12. Género*

 

13. Color*

 Color

 Blanco y negro

 

14. Formato de grabación*

 

15. Formato final (de exhibición o distribución) *

 

16. Duración (en minutos) *:

 

Largometraje Ficción

Largometraje Documental

Cortometraje Animación

Serie Ficción

Serie Documental

Serie Animación

 

17. Provincia o provincias donde se desarrollará el proyecto (se puede marcar más de una opción) *

 San José                Alajuela

 Cartago                Heredia

 Guanacaste          Puntarenas

 Limón                   Varias Provincias

 

18. Cantón o cantones donde se desarrollará el proyecto *

 

 

19. Distrito o distritos donde se desarrollará el proyecto *

 

20. Personas que participan en la ejecución del proyecto*:

Total aproximado de personas que participan:

Cantidad de hombres:

Cantidad de mujeres:

Cantidad de menores de 12 años:

Cantidad de 12 a 17 años:

Cantidad de 18 a 35 años:

Cantidad de 35 a 64 años:

 

Sección III: Requisitos

Archivos: Requisitos Formales *

Adjunte el archivo en el que se incluye la información relacionada con el cumplimiento de los requisitos formales.
Los archivos deben ser menores de 8 MB.
Tipo de archivo permitido: pdf

  1. Solicitud formal que exponga el interés por obtener el financiamiento de su proyecto (máximo 1 página), debidamente firmada por quien realiza la solicitud.
  2. Hojas de vida, en formato de Currículum Vitae, del productor(a), director(a) y un mínimo de tres jefes(as) de departamento del proyecto.
  3. Cartas de interés de trabajar en el proyecto de las personas del equipo expuestas en el punto III b), debidamente firmadas. Esta propuesta deberá cumplir con los criterios de paridad de género establecidos en las condiciones de admisibilidad de los proyectos. Además, deberán ser explícitas en cuanto a su participación en el proyecto y el puesto que van a desempeñar.

 

  1. Contratos de servicios profesionales con todas las personas responsables de departamento o, en su defecto, declaración jurada debidamente firmada por la persona representante del proyecto ante el Fondo, que explicite los nombres y número de cédula de las personas responsables de departamento y que demuestre que cumple con la paridad de género solicitada en el apartado de “Condiciones de admisibilidad de los proyectos” / I) Tipos de proyectos acepados / inciso j).
  2. Datos para recibir notificaciones, que incluyan número telefónico, dirección de correo electrónico y dirección física.
  3. Declaración jurada (obligatoria), debidamente firmada por la persona representante del proyecto ante el Fondo, para la presentación del proyecto, en el formato facilitado por el CCPC en el formulario en línea. Se debe utilizar la versión actualizada del documento.

 

  1. Certificación del Registro de Propiedad Intelectual, emitido por el Registo Nacional de la República de Costa Rica, que demuestre la autoría del proyecto.

 

  1. Contrato de cesión de derechos entre la persona titular de los derechos de autoría y la persona jurídica postulante.

 

  1. El Certificado de nacionalidad vigente de la obra NO deberá ser aportado por la persona jurídica postulante, pero deberá ser tramitado por esta de previo a la presentación del proyecto ante el Fondo. Este requisito será verificado por el CCPC. Por favor, téngase en cuenta la información descrita en el apartado de “Condiciones de admisibilidad de los proyectos” / I) Tipos de proyectos aceptados / inciso c.

 

  1. Copias de los contratos de inversión, producción asociada, coproducción, patrocinio u otros, suscritos entre el productor(a) o la persona jurídica postulante y el resto de las partes que intervendrán en el proyecto, y que acrediten que este cuenta con el porcentaje de financiación mínima exigido por el Fondo.

 

 

  1. Certificación del número de cuenta cliente de una cuenta bancaria a nombre de la persona jurídica postulante, en colones, emitida por alguno de los bancos del Sistema Bancario Nacional, con máximo un (1) mes de emitida.

 

      l. Certificación de personería jurídica vigente y certificación de capital accionario actual de la persona jurídica postulante, con máximo un (1) mes de emitidas.

 

     m.Plan de distribución y Plan de audiencias del proyecto, que exponga sus estrategias de divulgación, promoción y exhibición, que incluya las intenciones de comercialización y mercadeo de       la obra, y que especifique los públicos a los que estará dirigido el proyecto tanto nacional como internacionalmente.

 

  1. Presupuesto y Plan de financiamiento en el formato facilitado por el CCPC para cada categoría en el formulario en línea (No se aceptarán otros formatos). Se debe utilizar la versión actualizada de los documentos.

 

  • Cronograma del proyecto en el formato facilitado por el CCPC en el formulario en línea (No se aceptarán otros formatos).  Se debe utilizar la versión actualizada de los documentos.

 

  1. Declaración jurada (cuando aplique) para el diagnóstico de personas beneficiarias de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural, en el formato facilitado por el CCPC en el formulario en línea (No se aceptarán otros formatos).

 

Archivo: Requisitos de la categoría *

Adjunte el archivo en el que se incluye la información relacionada con el cumplimiento de los requisitos de la categoría.
Los archivos deben ser menores de 8 MB.
Tipo de archivo permitido: pdf

 

  1. Se reformula el Anexo 3 de la siguiente manera:

 

 

  1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO
    1. Nombre de la persona jurídica:
    2. Nombre del proyecto:
    3. Categoría:

 

Series                                                                   

  1. Serie de ficción …………………..
  2. Serie de documental ………….
  3. Serie animada ……………………

 

Largometrajes                                                     

  1. Largometraje de ficción ……..
  2. Largometraje documental…..
  3. Largometraje animado………..

 

Videojuegos

Cortometrajes                                                     

Distribución

Circulación y exhibición

 

  1. EMPLEO GENERADO (* anexar contratos y comprobantes de pago de los  salarios de los empleos generados con los recursos del Fondo Fauno)

 

  1. ACTIVIDADES REALIZADAS: Describa las principales acciones del proyecto, así como el detalle de las contrapartes involucradas y de qué forma apoyan el proyecto (agregue espacios según se requiera):

 

  1. RESULTADOS OBTENIDOS DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS (adjuntar anexos que certifiquen la realización de estas actividades: por ejemplo: informes, minutas, imágenes, etc.):

 

  1. LIMITACIONES QUE ENCONTRÓ A LA HORA DE EJECUTAR EL PROYECTO Y QUÉ SOLUCIONES ENCONTRÓ A LAS MISMAS.

 

  1. ANOTAR SI SU PROYECTO SUFRIÓ CAMBIOS, Y SI CONTÓ CON LA AUTORIXACIÓN DEL CCPC. SEÑALAR CADA CAMBIO:

 

  1. PRESUPUESTO EJECUTADO SEGÚN HOJA DE CONTROL CONTABLE. El desglose detallado debe adjuntarse en formato Excel. Entregar un desglose detallado del presupuesto, basado en el formato que facilita el fondo. Debe agregar las líneas de flujo de efectivo, que muestre monto ejecutado y refleje tanto los gastos ejecutados con dinero del fondo como el aporte de las contrapartes. En caso de que exista un monto pendiente de ejecutar, también debe reflejarse.

 

  1. COPIAS DE LAS FACTURAS EJECUTADAS DURANTE EL PERIODO.  Entregar un desglose de las facturas que coincida con los gastos reflejados en la hoja de control presupuestario del requisito 7. Las copias de las facturas deben entregarse escaneadas y en el orden en el que se encuentran en el documento de desglose de las mismas. El desglose de facturas debe incluir la fecha de emisión de la factura, nombre del emisor de la factura, número de factura, detalle y monto, además del número que indique la línea presupuestaria a la que pertenece. En caso de existir facturas pagadas en dólares, debe de especificar el tipo de cambio del día).

 

  1. Estado de cuenta desglosado de todo el periodo al que se refiere el informe, correspondiente a la cuenta designada para el proyecto en la que se adjudicó el fondo.

 

  1. Anexos: fotografías, video, animaciones, guiones, escaletas, entrevistas, materiales elaborados, diseños, listas de asistencia a las sesiones de trabajo, otros materiales de apoyo de trabajo realizado, etc.